Según Decreto Nº- 34869-MTSS-H, publicado en La Gaceta número 226 del 21 noviembre 2008, modifica el anterior decreto (mayo 2006), en el Artículo 22, donde se utiliza una fórmula de cálculo a valor presente, aplicado a cuotas y diferencias que deben cancelar los trabajadores en vías del beneficio de la pensión.
Las organizaciones gremiales como la de pensionados, sindicatos e interesados, hemos cuestionado tal artículo donde se faculta el cobro de una cifra económica exagerada, lesionando nuestra dignidad e intereses económicos. De ahí la consulta de la Defensoría de los Habitantes a la Procuraduría General de República.
En protesta de mi parte, publicada en el Diario Extra y La Prensa Libre, en diciembre del 2007, manifesté que esa medida es “antidemocrática, antipopular, injusta y dictatorial, un abuso del Gobierno contra los trabajadores”.
Ante la valiente presión del sector afectado, ya el Gobierno fue obligado a hacer uso del ábaco que los trabajadores le donamos y así aprendió a contar y hacer números económicos más justos. Hoy nos dan la razón. La Procuraduría General de la República, mediante dictamen C-202-2008 del 13 junio 2008, responde a la Defensoría que la fórmula utilizada en el Artículo 22 del Reglamento a la Ley Marco de Pensiones para hacer el cálculo a valor presente, “evidencia un exceso (el subrayado es de mi propiedad) debido a que autoriza parámetros de valoración poco usuales”.
Interpreto, en términos de puro pueblo, que “exceso” en este caso significa introducir la mano hasta el codo en los bolsillos e intereses del trabajador o pensionado; mientras “parámetros de valoración poco usuales”, es instalar una “garrotera” sobre nuestra humanidad.
Vemos que la diferencia a cancelar es de “millones de colones”, entre una fórmula y otra. Si un funcionario debe cancelar ciento cincuenta mil colones, con la fórmula injusta sube a un millón setecientos mil colones. ¿A quién beneficia y a quién perjudica tanta diferencia? ¿Por qué esperar la reacción del perjudicado? En parte es bueno, porque le permiten al pueblo sacar las armas de la razón y la lucha, ante estos gobiernos, que unos y otros, son lo mismo.
La modificación a este artículo, por lo menos, viene a aliviar sustancialmente el pago de la deuda, mucho más manejable a los intereses del trabajador en vías de su justa pensión, aunque está pendiente en los tribunales respectivos, una acción de anticonstitucionalidad para derogar el artículo mencionado.
No entiendo cómo los gobiernos establecen modificaciones o decretos tan lesivos en contra de quienes cada cuatro años acudimos a las urnas electorales a elegir nuestros representantes, a solicitud de ellos, quienes ya tienen callos por estar sentados disfrutando el Poder.
Toda esta situación, más otras que están a la vista, contribuyen aumentar nuestra apatía hacia políticos y gobernantes. Ya es hora de observar el ejemplo en otros pueblos latinoamericanos, que por la vía electoral deciden tumbar a quienes por montones de décadas, han engañado a sus pueblos.
Los pueblos SÍ estamos cansados…
(Publicado en La Prensa Libre, Sección Comentarios, 15 abril 2009)
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